martes, 18 de junio de 2013
CCOO presenta una denuncia contra la empresa Zurich Services por despido por causa de homofobia
CCOO de Catalunya ha llevado a cabo la denuncia de Alfonso Toledano Gómez, trabajador de la empresa Zurich Services, a partir del contacto de este trabajador con El Observatorio contra la homofobia quien se puso en contacto con el sindicato para hacer la denuncia legal. Por la intervención de la sección sindical de COMFIA-CCOO en Zurich, la dirección ha abierto el procedimiento establecido por el Plan de Igualdad de la empresa aunque esta ejecutado el despido.
La portavoz del sector de seguros de la Federación COMFIA-CCOO Catalunya, Helena Bertran, y la secretaria de Comunicación y Redes Sociales de CCOO de Catalunya, Dolors Llobet, han expuesto en rueda de prensa el caso del trabajador Alfonso Toledano. Las portavoces del sindicato han remarcado que CCOO defiende los derechos de todas y todos los trabajadores, sea cual sea su orientación sexual, origen, convicción religiosa, etc. Y evidentemente al colectivo LGTB por su especial vulnerabilidad en los puestos de trabajo, o en el mercado laboral debido a la homofobia existente. Desde el sindicato se destaca que la denuncia de este caso no esconde que hay muchos casos que desgraciadamente no llegan a denunciarse nunca.
La sección sindical de COMFIA-CCOO a Zurich cuando tuvo conociendo del despido del compañero se dirigió a la dirección de Recursos humanos de la empresa exigiendo la apertura del procedimiento correspondiente que establece el Plan de Igualdad que tiene firmado la propia empresa. Según manifiesta la portavoz “desde COMFIA-CCOO seguiremos su desarrollo y su resultado que pasa para depurar responsabilidades y por la previsible reincorporación del compañero a su lugar de trabajo”.
Según el gabinete jurídico de CCOO, el despido está basado en una discriminación clara por la orientación sexual del trabajador, por lo tanto se pide la nulidad del despido bajo el amparo de los artes. 55.5 del TE. y 108.2 de la LRJS, infracción del arte. 14 de la CE y de los artes. 4.2,c) y 17.1 del Estatuto de los Trabajadores: prohibición de discriminación en la ocupación por orientación sexual. La decisión extintiva de la empresa tiene causa exclusiva en la condición homosexual del trabajador.
Los indicios que se presentan para observar la vulneración alegada es que después de dos años de desarrollar su trabajo de manera reconocida por la empresa como satisfactoria, hay un cambio en la actitud del mando jerárquico directo del trabajador a raíz de manifestar su condición sexual en un acto social de la propia empresa donde el trabajador fue acompañado de su pareja. Este hecho trajo al endurecimiento del tono de mando hasta un punto de hostilidad y finalmente con su despido, justificado por la empresa por la finalización del proyecto al que estaba asignado, el cual sigue desarrollándose con el resto de personal asignado en el momento del despido incluido con nuevas contrataciones.
El presidente del Observatorio Contra la Homofobia, Eugeni Rodríguez, ha remarcado que este, a pesar de ser un caso suficiente bien documentado dista mucho de ser el único que ha llegado al Observatorio. También ha apuntado como la última reforma laboral, al ampliar las causas de despido por una parte y desregular las protecciones de los trabajadores por otro, da una mayor impunidad a la discriminación homófoba al trabajo. En su intervención se ha reafirmado en la necesidad de que la Ley contra la homofobia y la transfóbia, impulsada por todo el movimiento LGTB, haga su camino parlamentario y se apruebe como herramienta necesaria e imprescindible para poder actuar en casos como el del trabajador despedido.
Fuente: http://www.comfia.net
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