viernes, 15 de marzo de 2013
Pregunta de la Izquierda Plural al Gobierno sobre la deportación de la transexual panameña Yasira
Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, la Diputada que suscribe formula la siguiente pregunta dirigida al Gobierno para su respuesta escrita:
Yasira es una transexual de 29 años a quien la policía de Panamá detuvo por primera vez cuando apenas tenía 17 años. Según ha contado la propia Yasira, en el año 2000 los agentes la maltrataron y la torturaron rociándola con gas pimienta, tirándola al suelo y dándole patadas. Durante su detención también fue sometida a descargas eléctricas. Después de un encierro de dos semanas, su madre pagó por ella una multa de 300 euros para que fuera puesta en libertad. Su único delito era ser una mujer transexual, algo que está prohibido en este país centroamericano.
La Asociación Panameña de Personas Trans (APPT) ha declarado públicamente que “en Panamá la mujer aún sufre una condición de desigualdad en cuanto a garantías y derechos. La discriminación y la violencia tienen un gran impacto en las mujeres lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero, ya que viven sus identidades dentro de la clandestinidad por su seguridad personal, por su trabajo o por su educación. Las mujeres transexuales y transgénero que ejercen el trabajo sexual son particularmente vulnerables a la violencia de personas y de la policía, sufriendo además arrestos arbitrarios por parte de esta última”.
Ante las numerosas agresiones sufridas en su país, no sólo por parte de las fuerzas de seguridad panameñas, sino también en su entorno social, que es el de un país que no prohíbe la discriminación por razones de orientación sexual y en el que continúa imbricada una considerable aversión hacia el colectivo LGTB, Yasira se vio obligada a huir, llegando a nuestro país el pasado 7 de marzo. Una vez en España pidió asilo por persecución en su país debido a su identidad sexual. La solicitud fue denegada, al igual que la cautelarísima que solicitó su abogada para paralizar la expulsión.
El Gobierno español decidió su deportación incluso a pesar de que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) había emitido un informe favorable para que se admitiera a trámite la petición de asilo.
La Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria reconoce la condición de refugiado “a toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país, o al apátrida que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o, a causa de dichos temores, no quiere regresar a él, y no esté incurso en alguna de las causas de exclusión del artículo 8 o de las causas de denegación o revocación del artículo 9”.
Así pues, desde Izquierda Unida no entendemos los motivos por los que el Gobierno español ha denegado la condición de refugiada a Yasira, ya que consideramos que concurren razones objetivas suficientes como para haber procedido a considerar su condición de refugiada. Y más aún después del informe favorable de ACNUR.
Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:
1. ¿Qué razones o motivos ha esgrimido el Gobierno para no acceder a la petición de asilo realizada por la ciudadana panameña Yasira?
2. ¿Tiene previsto el Gobierno español conceder la condición de refugiada y/o asilada de Yasira en virtud del peligro que corre su vida en su país natal?
Palacio del Congreso de los Diputados.
Madrid, a 14 de marzo de 2013.
Fdo.: Ascensión De las Heras Ladera
Diputada de IU-Izquierda Plural
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